
Aprueba Reglamento que establece la metodología y los antecedentes para calificar un funeral como de riesgo, así como otras materias relacionadas establecidas en la ley Nº 21.717
El presente reglamento tiene como objetivo establecer la metodología y los criterios para calificar un funeral como de riesgo, así como regular otras disposiciones contempladas en la Ley Nº 21.717. Esta normativa, denominada en adelante simplemente como "la ley", regula la realización de funerales de riesgo.
Cuando Carabineros de Chile tome conocimiento de un fallecimiento que pueda implicar riesgos para la seguridad y el orden público, se llevará a cabo una evaluación detallada de las variables y del nivel de riesgo asociado. Esta evaluación se plasmará en un informe técnico que determinará la calificación de riesgo del funeral. Dicho informe deberá ser remitido a la Delegación Presidencial Regional correspondiente dentro de un plazo máximo de dos horas desde que Carabineros haya verificado la veracidad del fallecimiento.
Asimismo, una vez confirmada la ocurrencia del deceso, esta información deberá ser comunicada de inmediato a la Delegación Presidencial Regional por cualquier medio disponible, garantizando una respuesta rápida y eficaz ante eventuales situaciones de riesgo.