
Nueva Ley que tipifica conductas terroristas
La presente ley establece un nuevo marco normativo para la determinación, penalización y persecución de conductas terroristas en Chile, derogando la Ley N° 18.314 que anteriormente regulaba esta materia. Su objetivo es tipificar de manera más precisa los delitos terroristas y fortalecer las sanciones aplicables a quienes participen en organizaciones de esta naturaleza o cometan delitos con fines terroristas.
En primer lugar, la ley define las asociaciones terroristas como aquellas conformadas por tres o más personas que operan de manera sostenida en el tiempo, con el propósito de desestabilizar las estructuras políticas, sociales o económicas del Estado, influir en decisiones de la autoridad o generar un estado de temor en la población. Se establecen penas diferenciadas según el nivel de involucramiento dentro de estas organizaciones, abarcando desde el reclutamiento y entrenamiento de nuevos miembros hasta el financiamiento y liderazgo.
Asimismo, la norma agrava las sanciones para quienes cometan delitos específicos en adherencia a los fines de una organización terrorista, incrementando en un grado la pena aplicable. También se tipifican conductas terroristas de forma independiente a la pertenencia a una organización, cuando los delitos se cometan con el objetivo de socavar el orden democrático o atemorizar a la población. En este contexto, se sancionan actos como atentados contra la vida de autoridades del Estado, el uso de explosivos en lugares con alta concurrencia y el financiamiento de actividades terroristas.
La ley refuerza los mecanismos de investigación y persecución penal, permitiendo al Ministerio Público solicitar medidas especiales, como la intervención de redes de telecomunicaciones en investigaciones complejas. Además, se introducen disposiciones sobre la detención y procesamiento de imputados por delitos terroristas, incluyendo la posibilidad de extender los plazos de detención y la competencia preferente de los tribunales de Santiago en casos de alta complejidad.
Adicionalmente, se establece la obligación del Ministerio encargado de la Seguridad Pública de diseñar una Estrategia Nacional de Prevención y Combate del Terrorismo, con un enfoque en la coordinación intersectorial y la reparación a las víctimas. También se dispone que los delitos terroristas no podrán beneficiarse de penas sustitutivas ni de libertad condicional.
Finalmente, la ley modifica diversas normativas, incluyendo el Código Penal, el Código Procesal Penal, el Decreto Ley N° 321 sobre libertad condicional, la Ley N° 18.216 sobre penas sustitutivas y la Ley de Control de Armas, entre otras.
La ley entrará en vigor de inmediato. Sin perjuicio de lo anterior, establece reglas específicas para los delitos cometidos antes de su entrada en vigencia y para aquellos que se cometan durante este período.