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Se aprueba Reglamento del Fondo Especial del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol

07.02.2025

El Fondo Especial establecido en el artículo 46 de la ley Nº 20.000, es un fondo cuya administración corresponde al Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol y tiene como objetivo ser utilizado en programas de prevención del consumo de drogas y alcohol, tratamiento y rehabilitación de las personas afectadas por la drogadicción y alcoholismo. 

Asimismo, podrá ser utilizado en proyectos, estudios e investigaciones, infraestructura y capacitaciones, que permitan apoyar directamente el efectivo cumplimiento de la labor del Servicio. No obstante lo anterior, parte de dichos recursos podrán ser destinados a las unidades del Ministerio Público que cumplan funciones de análisis, investigación o persecución del crimen organizado dedicado a la comisión de los delitos sancionados en la presente ley, así como también a las unidades de Carabineros de Chile y de la Policía de Investigaciones de Chile que tengan como objeto la desarticulación de organizaciones criminales dedicadas a la perpetración de dichos delitos.

Descarga Reglamento Art. 46 Ley 20.000.